miércoles, 17 abril 2024
El fundador y presidente de Cox Energy, Enrique Riquelme/ Cox Energy
El fundador y presidente de Cox Energy, Enrique Riquelme / Cox Energy
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Cox Energy de Enrique Riquelme se queda con Abengoa y mantendrá a sus más de 9.000 empleados

El juez concluye que la oferta de esta empresa de energía solar de Cox "es la más favorable al interés de los concursos"

La Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla ha resuelto, en el concurso voluntario de acreedores de la multinacional Abengoa, que sea Cox Energy, del empresario cojense Enrique Riquelme, quien se haga cargo de la firma sevillana Abengoa.

El juez argumenta que la oferta de Cox Energy, empresa de la Vega Baja y con extensión en varios países en Latinoamérica, aporta “tres millones de euros para la adquisición de la unidad productiva, adicionalmente, aporta hasta 15 millones euros de dinero nuevo y ya ha aportado 2,5 millones como financiación interna y depositado 5,5 millones”.

Además, Cox Energy se compromete a mantener la actividad y el empleo de la unidad productiva, cifrando en 9.505 los trabajadores. “Para acreditar su solvencia, refiere la alta rotación de activos, tener un balance saneado y liquidez de 31,3 millones de euros; aporta cartas de interés como demostración de su acceso a los mercados de capitales nacionales e internacionales; el tener accionistas relevantes y solventes firmantes de una línea de financiación de 50 millones, 20 de ellos ya aportados», agrega el tribunal.

Algunas dudas de la oferta

Eso sí, avisa que esta oferta «afirma sin justificar una línea de financiación con Barclays Bank Ireland; derecho de cobro por venta de CGT sin acreditar; conversaciones con el ICO sin justificar; renovación de avales existentes, no da información del soporte de la propuesta hecha a las entidades financieras, y carta de apoyo con Eureka-Re, aseguradora con domicilio en Barbados».

«Comparativamente, se concluye que no obstante las dudas por las circunstancias, considerando el compromiso y la disposición demostrada con la aportación de liquidez, teniendo en cuenta la actividad y empleo que se garantizan, la liquidez ofrecida se muestra como suficientemente fundada, sólida, creíble, y factible, el ser posible llevarla a cabo, para lo que parece tiene capacidad, no incluyendo condiciones, como son las de las otras respecto de los créditos intragrupo, que por sí no hagan posible la aprobación. Conforme ello, comparativamente, se concluye es la más favorable al interés de los concursos, procediendo a aprobarla«, concluye el auto.

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