viernes, 26 abril 2024
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El Campo de Concentración de Albatera, declarado Lugar de Memoria Democrática

Se ha incluido en el Catálogo de lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana

El Campo de Concentración de Albatera ya está incluido en el Catálogo de lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana, como lugar de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana. Así consta en la resolución de la consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática que se publicaba el pasado viernes, 17 de febrero, en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

La presente resolución tiene por objeto determinar las instrucciones particulares de protección y usos compatibles de la declaración como Lugar de la Memoria Democrática de la Comunitat Valenciana.

En mayo de 2022 la Dirección General de Calidad Democrática, Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno incoó el procedimiento para esta declaración y se sometió al trámite de información pública y el de audiencia a los particulares directamente afectados y del municipio donde radica el lugar de la memoria.

El inicio del procedimiento conllevó la aplicación provisional, inmediata y directa del régimen de protección establecido en la Ley de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana y la suspensión cautelar de las licencias municipales de parcelación, edificación o demolición, así como la eficacia de las que hayan podido otorgarse sobre el lugar.

Campo de concentración de Albatera

El Campo de Concentración de Albatera es un lugar de memoria democrática de la Comunitat Valenciana en cuanto está indisolublemente asociada al patrimonio memorialista del final de la guerra y la dictadura franquista.

Forman parte del patrimonio memorialista protegido el campo de concentración constituido por el perímetro de un polígono irregular de unos 709 metros de longitud por 200 metros de ancho, con una superficie aproximada a 12 hectáreas de terreno y un entorno de 50 metros contiguos a dicho polígono, en razón a su adecuada protección por tratarse de una zona de relevante interés arqueológico, así como todos aquellos elementos que se encuentran en ese espacio que en la actualidad están a la vista, así como los elementos ocultos y los que en un futuro puedan ser exhumados.

Asimismo, quedarán protegidos como bienes muebles del área declarada y gozarán de la misma protección, todos aquellos elementos actuales o futuros, que se instalen en el espacio declarado para la dignificación y homenaje a las víctimas.

La resolución también establece un régimen particular de protección y conservación de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores, para lo que habrá actividades de inspección, así como todas las actuaciones tendentes a evitar la destrucción y deterioro del bien.

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