El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado con fecha 19 de mayo la modificación del decreto para conceder ayudas directas a las personas trabajadoras que se han acogido a la reducción de jornada (en un 50% o más) para atender a familiares como consecuencia directa de la COVID-19 con el objetivo de compensar su disminución de ingresos.
Así, entre los requisitos para poder solicitar la ayuda, se ha flexibilizado el criterio de permanencia en la situación de reducción horaria exigiendo, únicamente, mantenerla durante un mes y ha suprimido la obligación de no superar los 22.000 euros de base imponible en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2018.
De esta manera, los requisitos para optar a la ayuda son los siguientes:
Figurar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
Haberse acogido a la reducción de jornada durante el periodo del estado de alarma en un porcentaje igual o superior al 50%, y mantener esta reducción durante al menos un mes.
Tener el domicilio fiscal en la Comunidad Valenciana.
El plazo de presentación de solicitudes se amplía hasta el 8 de junio de 2020.