domingo, 20 abril 2025
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El valenciano no prevalecerá sobre el castellano en la Administración Pública

  • Se ratifica la anulación de 11 artículos y una Disposición Final del Decreto 61/2017 de la GVA 

El Tribunal Supremo ha rechazado definitivamente gran parte del Decreto 61/2017 de la Generalitat Valenciana que regula el uso del castellano y del valenciano en la administración pública autonómica

El alto tribunal ratifica las sentencias anteriores que anulaban 11 artículos y una disposición final que daban un uso destacado al valenciano sobre el castellano en aspectos como las notificaciones en los trámites administrativos, la rotulación de edificios y dependencias públicas, la comunicación entre los empleados públicos y la de estos con los ciudadanos, las publicaciones y publicidad institucional, los contratos con proveedores, así como en la rotulación de carreteras, caminos y otras dependencias y servicios de interés público que depende de entidades locales.

Se trata de una victoria legal y moral para las zonas castellano hablantes

Se trata de una victoria legal y moral para las zonas castellano hablantes como la comarca de la Vega Baja cuyas administraciones y ciudadanos están recibiendo en los últimos años algunos de los escritos por parte de la Generalitat Valenciana únicamente en valenciano.

Este reconocimiento de los derechos fundamentales para las personas que nunca han hablado el valenciano pero viven en la Comunidad Valenciana se ha conseguido después de los recursos que contra el polémico decreto presentaron desde el Partido Popular, el sindicato Csif y la Asociación en defensa del Castellano.

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