domingo, 20 abril 2025
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Guardamar del Segura abre el plazo para solicitar ayudas al Impulso Empresarial

Este plan de ayudas cuenta con un montante de 20.000 euros y se pueden solicitar hasta el 17 de noviembre

El Ayuntamiento de Guardamar ha informado de la apertura del plazo para solicitar ayudas dentro de la convocatoria de Impulso Empresarial y que cuentan con un montante total de 20.000 euros. Estas solicitudes se pueden formalizar hasta el próximo 17 de noviembre. El importe máximo por beneficiario es de 2.500 euros, debiéndose justificar dicha cantidad mediante la aportación de facturas y justificantes de pago.

La solicitud se presentará preferentemente a través del trámite establecido en la sede electrónica del Ayuntamiento de Guardamar del Segura en el siguiente enlace: https://guardamardelsegura.sedelectronica.es/info.0

La concejala de Desarrollo Local, Gisela Teva, ha destacado que el objetivo de esta iniciativa es ayudar a los emprendedores de Guardamar del Segura en la puesta en marcha de su proyecto empresarial, resaltando la consolidación de esta línea de ayudas ya que supone la quinta edición. La edil ha recordado que “el servicio GUARDAMAR EMPRENDE, de apoyo al emprendimiento, así como estas subvenciones, son herramientas clave para generar un tejido emprendedor, con más de 60 emprendedores atendidos en 2022”.

Por su parte, el alcalde de Guardamar, José Luis Sáez, ha querido reconocer el trabajo de los emprendedores locales, quienes con su esfuerzo se construye una sociedad más próspera y justa, ya que, dice Sáez, “con ellos el tejido empresarial surge desde la base de la sociedad”.

Empresas beneficiarias

Tener el domicilio fiscal y desarrollar la actividad empresarial en el término municipal de Guardamar del Segura.

Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias antela Agencia Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Guardamar del Segura.

No tener pendiente de justificación ninguna otra subvención anterior concedida por el Ayuntamiento de Guardamar del Segura.

Declaración responsable de no hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Haber efectuado el alta de la actividad en el Censo de Obligados Tributarios, a partir el 1 de octubre de 2021, incluido.

Quedan excluidos los socios de sociedades mercantiles, cooperativas, sociedades civiles y sociedades laborales, así como los miembros de comunidades de bienes y autónomos colaboradores.

Gastos subvencionables

Gastos corrientes relacionados con el proyecto recogidos en el Anexo V.

El importe máximo por beneficiario es de 2.500,00€, debiéndose justificar dicha cantidad mediante la aportación de facturas y justificantes de pago.

Estas subvenciones son incompatibles con cualesquiera otras ayudas destinadas a la misma finalidad con atención especial a la convocatoria para el ejercicio 2022 de las subvenciones destinadas al Programa de fomento del trabajo autónomo (EAUTOE 2022).

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