miércoles, 24 abril 2024
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Sanciones desde 100 euros para patinetes eléctricos que incumplan la Ordenanza de Movilidad

Nueva Ordenanza Municipal de Movilidad del Ayuntamiento de Orihuela

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publicado este lunes la nueva Ordenanza Municipal de Movilidad del Ayuntamiento de Orihuela, aprobada en Pleno el pasado mes de septiembre.

Es objeto de esta Ordenanza es la regulación de los distintos usos de las vías, espacios urbanos y travesías haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso peatonal de las calles, el transporte de personas y la distribución de mercancías, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos prestando especial atención a las necesidades de las personas con diversidad funcional que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer su integración social.

En esta Ordenanza encontramos, en su artículo 12, la regulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), o lo que es lo mismo, los patinetes eléctricos que han ocasionado diferentes problemas hasta el momento en su circulación, tanto al tráfico rodado como a los peatones.

Los conductores de los Vehículos de Movilidad Personal tendrán que respetar en todo momento las normas generales de circulación establecidas en la presente Ordenanza, así como demás normativa y legislación vigente en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Y en especial, a estos VMP les queda prohibida la circulación por aceras, paseos y zonas de uso exclusivo para peatones, no se permite circular utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido, ni el uso durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, así como cualquier otro medio o sistema de comunicación que implique uso manual; no se permite la circulación con más de un ocupante, no se podrá superar la velocidad de 25 km/h y la edad permitida para circular con un VMP por las vías y espacios públicos es de 16 años.

La ordenanza lleva aparejada un régimen sancionador en donde las multas económicas a partir de los 100 euros, sin perjuicio de realizar su trámite con arreglo al procedimiento sancionador establecido en el Texto Refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad y sus desarrollos reglamentarios.

Foto: Infografía Facebook Policía Local de Orihuela

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