viernes, 26 abril 2024
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ActualidadPolíticaSan Miguel de Salinas

La AAVV San Miguel Arcángel sospecha sobre el cambio de uso de un edificio público

  • El último Pleno Municipal de 2020 acordó, por unanimidad, la puesta en marcha de la modificación 

La Asociación de Vecinos “San Miguel Arcángel” de San Miguel de Salinas ha presentado alegaciones contra el procedimiento de desafectación de bien demanial a bien patrimonial de la que fue la anterior Casa Consistorial del municipio por estar vinculada en exclusiva, desde hace más de una década, a los Servicios Sociales y, además, no constar en el expediente administrativo los motivos del cambio de calificación jurídica propuesto de este bien municipal.

El Informe Jurídico de Secretaría reitera en dos ocasiones que el procedimiento de desafectación debe acreditar “su oportunidad y legalidad”

El último Pleno Municipal de 2020 acordó, por unanimidad, la puesta en marcha del procedimiento, cuya finalidad, además de continuar albergando a los Servicios Sociales Municipales, es la de abrir el uso de este edificio a la realización de “otras actividades de interés municipal”, de cuyo contenido no se precisa, ni dice nada  en el expediente administrativo abierto al efecto.

El informe jurídico de Secretaría, que obra en el expediente dice que “son bienes de uso público los destinados a un uso o servicio público”; por tanto, mientras que ese edificio, esté vinculado directamente al desempeño de un servicio público no podrá alterarse la calificación jurídica del mismo. Es el uso o servicio público dado, el que determina el carácter demanial o patrimonial de un bien municipal.

Sin embargo, el informe de los Servicios Técnicos Municipales considera viable la desafectación a bien patrimonial del inmueble para compatibilizar el desempeño de la actividad de servicios sociales y la realización de  “actividades diversas de interés municipal”, cuyo contenido no se especifica en el Informe Técnico ni en ninguno de los documentos del expediente administrativo.

El Informe Jurídico de Secretaría reitera en dos ocasiones que el procedimiento de desafectación debe acreditar “su oportunidad y legalidad”. Esta asociación presenta sus alegaciones porque considera que incumple los dos presupuestos legales exigibles.

Por un lado, cuestiona la legalidad del cambio porque el edificio va a continuar estando afectado al desempeño de los Servicios Sociales y, la oportunidad, por la opacidad del procedimiento. En ningún documento del expediente, ni en el acta del pleno donde se aprobó la modificación, aparece especificado los usos de “interés municipal” que, presuntamente, motivan el cambio.

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