sábado, 12 octubre 2024
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El Supremo desestima la suspensión cautelar del recorte del Trasvase que pidió la Diputación

La medida también la solicitó la Región de Murcia

El Tribunal Supremo ha desestimado la medida cautelar planteada por la Comunidad autónoma de Murcia y por la Diputación de Alicante contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, que aprobó la revisión de los planes hidrológicos de diferentes demarcaciones hidrográficas. En concreto, la diputación de Alicante y Comunidad de Murcia, pedían la revisión de los caudales mínimos en la infraestructura del trasvase Tajo-Segura, pero el Supremo resuelve que no ha lugar a la suspensión cautelar solicitada, mientras se resuelve sobre el fondo de los recursos planteadas por dichas instituciones.

Recordemos que el Gobierno murciano y la diputación alicantina presentaron un recurso contra el decreto del Consejo de Ministros del pasado enero que reducía las cantidades máximas de agua que se podrán trasvasar del Tajo al Segura, y solicitaron también medidas cautelares para pedir que su aplicación quede suspendida mientras se decide sobre su legalidad.

El alto tribunal mantiene que en el caso que nos ocupa «no resulta en absoluto justificado en los concretos aspectos hacia los que se dirige esta medida cautelar, esto es, la elevación del caudal mínimo en las masas de agua antes señaladas».

La sentencia explica que «la no implantación del régimen de caudales o la eventual suspensión de su aplicación hasta determinado momento implicaría evitar el logro de unas condiciones hidromorfológicas adecuadas para las masas de agua superficial presentes en el eje del Tajo y, en consecuencia, poner en riesgo alcanzar el buen estado ecológico en las mismas antes de la finalización de 2027, de acuerdo con los plazos reflejados por la DMA».

Toni Pérez lamenta que el Supremo rechace la suspensión cautelar del recorte del Tajo-Segura y anuncia que la Diputación estudiará recurrir el auto

El presidente de la Diputación de Alicante, Toni Pérez, ha lamentado la decisión del Tribunal Supremo de denegar la suspensión cautelar del aumento del caudal ecológico del Tajo solicitada por la institución provincial alicantina en su recurso contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, en el que se aprueba la nueva planificación hidrológica de esta demarcación.

Pérez, que se ha asegurado sentirse “profundamente contrariado” por este auto dictado por la Sala 3ª del Contencioso-Administrativo del TS, ha avanzado que los Servicios Jurídicos de la Diputación de Alicante estudiarán la interposición de un recurso de reposición contra esta decisión judicial.

“Si bien el auto es acorde con la interpretación especialmente restrictiva sobre la posibilidad de suspensión de disposiciones de carácter general, la interposición del recurso de reposición, aunque es difícil que prospere, debe plantearse y puede plantearse por parte de esta Diputación al considerar que los fundamentos de la resolución pueden considerarse no ajustados a derecho y, sobre todo, dada la trascendencia de los intereses afectados, que son los intereses generales de esta provincia”, ha manifestado.

El presidente de la Diputación ha recordado que la institución provincial solicitó la medida cautelar “porque la nueva planificación del Tajo produce desde el momento de su entrada en vigor efectos muy negativos, tanto socio-económicos como medioambientales, sobre la provincia de Alicante y que no son reparables mediante una eventual compensación económica”.  

“Ello llevó a la Diputación a adoptar esa medida cautelar que reclamábamos para evitar que la demanda pierda su finalidad legítima”, ha añadido.

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