viernes, 10 mayo 2024
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La CHS reparte 80 Hm3 anuales de agua desalada para los regadíos del trasvase Tajo-Segura

El uso del agua desalinizada reducirá en parte, además, los volúmenes extraídos de los acuíferos y con ello la sobreexplotación que sufren buena parte de las aguas subterráneas de la zona regable del trasvase

La Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) ha culminado el proceso concesional que ha permitido repartir un total de 80 Hm3 anuales de agua, procedentes de la desaladora de Torrevieja, entre las Comunidades de regantes de las zonas del Trasvase Tajo-Segura.

Estos recursos adicionales incrementarán la garantía de los regantes vinculados al trasvase Tajo-Segura de las provincias de Alicante, Murcia y Almería, ya que el agua procedente de la IDAM de Torrevieja complementará los recursos que reciben a través del ATS.

El uso del agua desalinizada reducirá en parte, además, los volúmenes extraídos de los acuíferos y con ello la sobreexplotación que sufren buena parte de las aguas subterráneas de la zona regable del trasvase declaradas en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo.

El uso del agua desalada como recurso esencial y complementario del trasvase Tajo-Segura es una medida de adaptación al cambio climático que está posibilitando en épocas de sequía hidrológicas, como la actual, minimizar las afecciones al regadío, mitigando los impacto socioeconómicos y ambientales de la sequía sobre los territorios.

El plan de ampliaciones y de ejecución de plantas fotovoltaicas asociadas a las IDAM garantiza, por lo demás, unas tarifas adecuadas para el uso agrícola.

En concreto, y hasta que finalice la instalación de las plantas fotovoltaicas para abaratar el precio de la energía, la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha establecido un plan de apoyo financiero que establece una tarifa de riego de 0,327 euros/m3 en los puntos de entrega para regadío de la red de distribución de la desaladora, tal y como refleja la Orden TED/157/2023, de 21 de febrero, por la que se establece la excepción temporal y parcial al principio de recuperación de costes del artículo 111 bis del texto refundido de la Ley de Aguas, para el aprovechamiento de recursos hídricos procedentes de desalinizadoras de agua de mar en la Cuenca Hidrográfica del Segura, en la provincia de Almería y en la conducción Júcar-Vinalopó.

Por otro lado, en breve se pondrán en marcha dos nuevos procedimientos concesionales para distribuir los 25 hm3 adicionales asignados a los regadíos vinculados al Trasvase Tajo-Segura, 20 hm3 procedentes de la IDAM de Torrevieja y los 5 hm3 restantes de la IDAM de Águilas.

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